Frequently Asked Question

Presté una suma de dinero a mi mejor amigo y firmamos una letra de cambio hace un año. A la fecha no me cancelado el préstamo. ¿Qué debo hacer?

Últimas actualizaciones hace 5 años

Se debe iniciar un proceso denominado EJECUTIVO, ante el juez civil del lugar donde vive su amigo. Por ley, usted cuenta con un término de tres años para iniciarlo desde el momento en que debía pagar el dinero, ya que si usted no lo inicia prescribe la letra. Por medio del proceso con embargo de bienes o salario se garantiza que le sea pagado lo adeudado.

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