En este caso puede primero intentar conciliar ante un Centro de Conciliación. En el evento en que se llegue a un acuerdo de fecha de entrega del inmuebley se incumpla, el Conciliador expide la constancia de incumplimiento respectiva y se le puede solicitar al juez que realice la entrega por conducto policivo, sin necesidad de proceso. En el evento que usted, no quiera conciliar, puede iniciar el proceso directamente ante el Juez Civil correspondiente para demostrarle el no pago de los arrendamientos y por ende que le sea restituido el inmueble. Además de lo anterior, con posterioridad a la Sentencia de Restitución, se puede continuar con el ejecutivo para que le sea cancelado lo adeudado.
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